Declaración D151 -Hágala por su cuenta en 2020
Declaración D151 en Costa Rica

El nuevo plazo vence cada 28 de febrero, para la presentación de la Declaración D151 o Declaración Anual Resumen de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos.
Ya que hubo un cambio en el año fiscal y, ahora va de enero a diciembre.
Esta es una declaración informativa, es decir, solo es para informar a la Dirección General de Tributación.
Aunque no genera el pago de ningún tributo, si no declara o se presenta luego de la fecha límite, genera sanciones.
Este artículo fue originalmente publicado en 2018 y actualizado en 2021.
¿Se eliminó la D151?
La Resolución No. DGT-R-071-2019 elimina esta declaración a partir de este periodo fiscal 2020, solo si sus comprobantes son electrónicos.
Según Hacienda, la deben presentar quienes han realizado transacciones que no hayan sido respaldadas por comprobantes electrónicos.
Si ha usado 100% documentos electrónicos para sus ingresos (factura electrónica), costos y gastos, durante todo su periodo fiscal, ya no es necesario presentar esta declaración.
Según entiendo, queda obligatorio aún para Régimen Simplificado, las compras realizadas a una misma persona sin comprobantes electrónicos y, en el caso de intereses a terceros.
Para evitar el hecho de no contar con comprobantes electrónicos cuando compra algo a una persona o empresa bajo el Régimen Simplificado, puede emitir una Factura Electrónica de Compra.
Si en su caso, siempre debe presentarla, siga leyendo.
Aspectos Generales de la Declaración D151
¿Quién declara?
En caso que deba declarar.
Declaran las personas físicas o jurídicas, sean públicas o privadas, sujetas o no al pago del impuesto de renta, cuando hayan realizado a nivel nacional la venta o la compra de bienes o servicios, a una misma persona, durante el periodo fiscal.
Incluye a personas en régimen tradicional, tributación simplificada, especial agropecuario y rentas de capital mobiliario e inmobiliario.
¿Qué se declara?
Se declaran clientes, proveedores y gastos específicos. De ahí el nombre del formulario.
Se reportan compras y/o ventas de bienes y servicios acumuladas en el año fiscal a una misma persona.
Actualización: Ahora no hay mínimo a reportar, es a partir de ¢1.
Es decir, ventas a un mismo cliente y compras a un mismo proveedor.
Las compras directamente relacionadas con la actividad económica.
Los valores son netos, es decir, se deducen las notas de crédito.
También, se reportan transacciones de anuales, a una misma persona, en compras o ventas de servicios profesionales, alquileres, comisiones e intereses, a nivel nacional.
Estos son, los gastos específicos.
Debe informar sobre clientes de los haya recibido ingresos en el año fiscal.
Además del monto, debe suministrar el número de identificación, es decir la cédula jurídica o física nacional, para extranjeros el DIMEX (Documento de Identificación de Migración y Extranjería) o el NITE (Número de Identificación Tributaria Especial).
Recuerde que el presente año fiscal (de transición) 2020, va del 1º de octubre 2019 al 31 de diciembre 2020. Por lo que debe presentar los 15 meses en una misma declaración.
¿Qué no incluir en la Declaración D151?
No se incluye:
- El IVA ni el impuesto selectivo de consumo. Los montos en esta declaración son sin incluir el IVA, es decir, antes del IVA.
- Las importaciones y exportaciones de bienes, ya que eso lo respaldan en Aduanas.
- Las operaciones respaldadas con comprobantes electrónicos.
- Operaciones que hayan sido reportadas en una declaración autoliquidativa con el mismo detalle (D125 y D149).
- Montos con retención reportados en el formulario D150.
¿Cuándo se presenta?
El formulario D151 se presenta entre enero y el 28 de febrero de cada año.
Puede presentarlo cualquier día entre esas fechas.
En caso de caer domingo o feriado, se traslada al día hábil siguiente.
Le sugiero presentarlo antes de su vencimiento, para evitar el estrés y los posibles fallos en el sistema, la electricidad o el servicio de internet.
¿Cómo se declara?
Si ya hace uso del sistema ATV para la facturación electrónica gratuita, se dará cuenta que no es posible presentar ahí la Declaración D151.
Para ésta se utiliza el sistema «viejo» del programa Declara7, aún así es fácil de usar.
Primero, debe descargar una serie de programas en su computadora, para poder acceder a la confección de los formularios.
Estos solo funcionan con el sistema operativo Microsoft Windows XP o superior.
Si usa algún otro, tendrá que conseguir otra computadora o ir a un Quiosco Tributario en su área de Administración Tributaria, los Centros Comunitarios Inteligentes (CECI) o Núcleos de Asistencia Fiscal.
Actualización: Estos centros de atención presencial han sido cerrados en 2020 y 2021, por la pandemia del COVID-19, hasta nuevo aviso.
Luego de instalar los programas necesarios, se prepara la declaración, a través de los softwares instalados.
Por último, se envía el formulario confeccionado al Ministerio de Hacienda vía web.
Declara7 Instalación por Primera Vez
Debe instalar los programas según las instrucciones en la página web de Hacienda o siga los pasos a continuación.
Framework
Descargue el archivo comprimido FrameWork4.zip y una vez finalizada la descarga, dé clic en Abrir y haga doble clic en el archivo .exe para ejecutarlo.
Acepte los cambios en el equipo, dando clic en Sí, para ejecutar el programa hasta que finalice.
Reportes Cristal
Siga con la descarga de SAP Crystal Reports CRRuntime y cuando finalice, abra y haga doble clic en el archivo .msi para su ejecución.
Acepte la instalación, marque la casilla de aceptación de términos de la licencia y presione Next (Continuar) las 2 veces, luego Sí a la instalación del software en el equipo.
Espere a que sea instalado (verá una barra verde que avanza, varias veces) hasta que aparezca la pantalla de finalización, dé clic en Finish (Finalizar).
Acceso Runtime
Proceda ahora a descargar el Acceso de Microsoft Office AccessRuntime y al finalizar, abra y dé doble clic en .exe para instalarlo.
Haga clic en Sí, para la ejecución, marque la casilla para aceptar los términos de la licencia y dé clic en Continue.
Espere mientras se instala el programa (verá la barra verde avanzado) y, al finalizar una ventana que indica que se completó, haga clic en Aceptar.
SIC
Descargue el zip del Sistema de Identificación de Contribuyentes (SIC) y al final, abra y haga doble clic en el archivo .exe para ser ejecutado.
Una vez abierto, Acepte los términos de la licencia, dé clic en Sí, al completar la instalación haga clic en Close (Cerrar).
Declara7
Por último, descargue el Programa Declara7 y abra al finalizar. Dé doble clic en el archivo .exe para su ejecución.
Dé clic en Sí para que el programa corra y al finalizar en Cerrar.
¡Muy bien! Ya ha instalado los archivos y programas necesarios para hacer uso de la herramienta.
Ahora, debe preparar la declaración para luego presentarla.
Actualización del programa (si no es por primera vez)
Si ya ha instalado antes los programas para declaraciones de años anteriores, debe realizar una actualización del sistema con las nuevas versiones.
Primero debe respaldar la base de datos, luego desinstalar y volver a instalar el sistema Declara7, desinstalar y volver a instalar el SIC.
Como ve, si no es la primera vez que instala los programas, se omite el Framework, los Reportes Cristal y el Acceso Runtime.
A continuación la explicación paso a paso para la actualización.
Es importante que lleve a cabo los pasos en el orden establecido, para su adecuado funcionamiento.
Respaldo de la base de datos de Declara7
Ingrese a Equipo en su disco local (usualmente accesible desde Inicio) y busque la carpeta de Hacienda y, dentro de ella, busque la carpeta Declara7.
Una vez dentro de la carpeta de Declara7, busque el archivo de la Base de Datos bajo el nombre de Informativa5nv.mdb
Presione el botón derecho del mouse sobre ese archivo y seleccione la opción de Copiar.
Vaya a otra ubicación en su equipo, donde desee guardar este respaldo y vuelva a presionar el botón derecho para seleccionar Pegar.
Para mayor claridad y orden, se sugiere crear una carpeta con el nombre de Respaldo_Declara7_2019 para pegar el archivo dentro de ella.
Asegúrese de contar con el archivo Informativa5nv.mdb dentro de la carpeta creada o la nueva ubicación seleccionada.
Ahora proceda con la desintalación del sistema previo de Declara7 desde el Panel de Control.
Desinstalación y nueva instalación de Declara7
Vaya a su Panel de Control, ingrese a Programas – Desinstalar un Programa y busque el programa Declara7.
Coloque su cursor sobre el nombre de Declara7, para ver aparecer el botón de Desinstalar y presiónelo.
Ahora vuelva a instalar la nueva versión del programa Declara7, tal como lo ha hecho en ocasiones anteriores (ver el apartado anterior, Instalación Declara7).
Una vez instalado, abra el sistema Declara7 y seleccione la opción de Consultar Declaraciones.
Si le sale el mensaje «No se encontraron datos con los parámetros de la búsqueda», quiere decir que la base de datos está en blanco. De clic en Aceptar.
En ese caso, debe proceder a copiar la base de datos en la nueva versión instalada.
Vaya a la carpeta de respaldo que acaba de crear, copie el archivo Informativa5nv.mdb y péguelo en la carpeta donde quedó instalado el Declara7.
Si el sistema le indica que ya hay un archivo con el mismo nombre, seleccione Copiar y Reemplazar.
Vuelva a abrir el sistema Declara7 para que se actualice.
Desinstalación y nueva instalación del SIC
Proceda ahora a desinstalar el Sistema de Identificación de Contribuyentes (SIC) en el Panel de Control.
Luego vuelva a instalar el SIC, como se indica en al apartado anterior SIC.
Ya ha terminado la instalación de las nuevas versiones y puede continuar con la preparación de la D151.
Preparación Declaración D151
Al finalizar las instalaciones, deberá ver el ícono de acceso directo al Declara7 en el escritorio de su computadora.
Entre, dando doble clic en ese ícono de Declara7 en su escritorio. Presione Ingresar.
Lo primero que es necesario ingresar es la información del informante (o sea, usted) y luego los datos de la Declaración D151.
En el caso de ser un profesional independiente, tenga a mano la lista de sus clientes, de quienes haya recibido más de ¢50.000 en el año fiscal.
Ya que, requiere de cada uno, el número de cédula (física o jurídica) y el monto total anual a reportar.
Informante
Haga clic en la pestaña Ingreso de Informantes y luego, en la ventana emergente, clic en Nuevo.
Verá la pantalla de Búsqueda de información para la creación del informante.
Seleccione el tipo de cédula, según corresponda, Persona Física o Jurídica.
Siga el formato indicado para los números de la cédula, sin guiones ni espacios, solo números.
Con los ceros incluidos, en el caso de personas físicas y un cero adelante del primer dígito.
Por ejemplo, mi cédula inicia con 1, entonces debo escribir 01 y luego los 8 números restantes, ya que el formato es de 10 dígitos, para personas físicas.
Escriba el número de cédula y dé “Enter”, para que el sistema busque la información de la cédula indicada.
Coloque el cursor sobre los datos (cédula y nombre) para seleccionarlo y dé clic en Agregar persona a la lista de informantes.
Verá la notificación en un recuadro, que indica que el informante fue agregado correctamente. Haga clic en Aceptar.
Luego, cierre la ventana de búsqueda, en Cerrar la búsqueda o en la X de la esquina superior derecha.
Cierre también la ventana del Ingreso de Informantes, en la X de la esquina superior derecha. Acepte el cierre de la ventana.
Declaraciones
Haga clic en la pestaña Declaraciones, que es un menú desplegable y, verá la lista de formularios disponibles.
Dé doble clic en D151 Declaración Anual Resumen de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos.
Llegará a la pantalla del formulario, haga clic en Crear Declaración.
Verá la ventana de Búsqueda de informantes, con la lista de nombres que se hayan registrado.
Coloque el cursor sobre el dato que corresponda.
Este será marcado y saldrá de inmediato un recuadro emergente, para que confirme al Informante seleccionado, presione el botón Sí.
Puede ver que la información del informante (usted) será colocada automáticamente en Datos del Informante.
Seleccione el año correspondiente, al lado derecho del nombre y cédula.
Haga clic en el botón Año Reportado, que despliega el listado de años disponibles.
Elija el año.
¿Cómo corregir una declaración ya presentada?
En caso de ser una declaración que rectifica (modifica o corrige) otra, debe marcar la casilla “Es una Rectificativa”.
Luego haga clic en el botón Guardar que tiene el ícono de un diskette y luego en Aceptar, en el recuadro de confirmación de Declaración Guardada.
Una línea será agregada de forma automática y verá el lugar de Administración (en mi caso, muestra San José), el Año Reportado (2020), Rectificativa (en mi caso No) y un ícono de lápiz en Agregar Detalles.
Ahora vamos a incluir el detalle de la Declaración D151.
Inclusión del detalle
Presione el ícono con figura de lápiz (debajo de Agregar Detalles) y verá el recuadro que indica las dos formas de ingresar los detalles:
- Crear detalles por medio de importación.
- Agregar detalles directamente línea a línea.
En caso de contar con el archivo Excel en el formato correcto, use la primera opción para importarlo.
En este ejemplo, para agregar cada línea, elija la opción 2, dando clic sobre el nombre resaltado en color azul, Agregar detalles directamente línea a línea.
Se abrirá el formulario.
Formulario
Debe escribir el Número de Cédula de la persona a informar (sin guiones, solo números) y dar “Enter”, para que el sistema valide el nombre.
Esto es, el número de identificación, física (10 dígitos) o jurídica, de su cliente.
El nombre se mostrará en la línea de color amarillo Nombre o Razón Social.
Recuerde incluir un cero adelante si es una persona física, para un total de 10 dígitos.
Verifique que el nombre sea correcto.
A continuación, debe seleccionar el Código, en el menú desplegable (la media flecha).
Si no sabe el significado de los códigos, puede verlos en el ícono de signo de pregunta en color azul (?).
Para ingresos por Servicios Profesionales, seleccione V.
Los códigos para Clientes y Proveedores son:
- V: Ingresos por Ventas de bienes y servicios.
- C: Compras.
Para pagos realizados por Gastos Específicos los códigos son:
- SP: Gastos por Servicios Profesionales.
- A: Gastos por Alquileres.
- M: Gastos por Comisiones de todo tipo.
- I: Gastos por Intereses.
Si los alquileres ya se han reportado en la declaración de rentas de capital, no hay que reportarlo en la D151.
En los intereses no hay que incluir los que han sido objeto de retención al momento de concluirse ni los han sido pagados a entidades del Sistema Bancario Nacional (público o privado).
Después de seleccionar el código, digite el monto (entero, solo números, sin decimales ni puntos ni comas) a informar en la casilla Monto de la Operación y presione Agregar Línea.
Este se refiere a montos brutos, sin impuestos (sin IVA).
La información de la línea agregada se muestra entonces en la parte inferior.
Agregue todas las líneas que sean necesarias, para completar la declaración, repitiendo el procedimiento: número de cédula, código y monto.
Archivo .dec
Una vez completadas todas las líneas a incluir en la declaración, vaya a la pantalla principal y seleccione Archivo.
Va ahora a generar el archivo .dec, es decir el formulario que será presentado.
Se despliega un menú, seleccione Generar archivo electrónico DEC.
Se muestra una lista de las declaraciones elaboradas:
- Número de cédula.
- Nombre del informante.
- Modelo del formulario (en este caso D151).
- Periodo (año) a reportar.
- Total de registros que incluyo en el detalle (cantidad de clientes reportados).
- Estado (Original).
Presione el botón Generar todas las declaraciones en forma masiva.
Sale el recuadro de confirmación de Generación masiva, que confirma la cantidad de archivos a generar, haga clic en Sí.
Se abre una pantalla para indicar la ubicación para guardar el archivo, seleccione la ubicación (por ejemplo en Descargas o Escritorio) y de clic en Aceptar.
El nombre del archivo se genera automáticamente, no lo cambie. Verá que indica su número de cédula entre otros dígitos.
Verá la notificación de Generación exitosa, de nuevo haga clic en Aceptar.
En caso de presentar algún error, debe verificar si hizo la instalación de programas correctamente y en el orden indicado, según las instrucciones de Hacienda.
Entonces verá que el Estado ha cambiado de Original a Original/DEC, haga clic en Cerrar o use la X de la ventana.
Ya cuenta ahora con la Declaración D151 hecha pero, falta presentarla.
Es como decir que, ya tiene el formulario lleno pero, debe entregarlo en Tributación.
Presentar Declaración D151
Seleccione en el botón Archivo, la opción Presentar Declaración vía web, que es un enlace a la página DeclaraWeb, en donde se puede presentar la Declaración D151, entre otras.
DeclaraWeb
Una vez en el sitio de Hacienda, verá el título «Presentación de declaraciones informativas», con una lista de las mismas.
Baje hasta encontrar «Seleccione el tipo de identificación del informante».
En Tipo de Identificación, seleccione la opción que le corresponda, según como se encuentre inscrito en Tributación.
En el caso de servicios profesionales a título personal, con nacionalidad costarricense, escoja Físico Nacional.
Posteriormente, llene los datos de los 3 renglones bajo «Datos de la persona de contacto»:
- Apellidos y Nombre
- Teléfono (con el formato de 4 dígitos, guión, 4 dígitos)
- Correo electrónico
Siga con «Seleccione los datos de la declaración a presentar», en donde primero debe indicar el Modelo al seleccionar 151 en el menú desplegable.
Seleccione el periodo a presentar.
Para finalizar, en «Seleccione el archivo a enviar» dé clic en Choose a file para subir el archivo .dec que creó hace unos minutos, en la sección anterior.
Se abrirá la ventana de búsqueda, para que localice en su computadora el archivo .dec, que ante guardó, probablemente en Descargas o Escritorio (¿recuerda?).
Una vez que lo encuentre haga clic sobre el nombre del archivo .dec y luego presione el botón Choose (Elegir) o Abrir.
Entonces, volverá al sitio web para dar clic en el botón Presentar declaración.
Ahora verá la confirmación en pantalla, con un par de íconos en la parte superior derecha, para imprimir y para descargar el pdf.
Presione el ícono de PDF y guarde el archivo de respaldo en su computadora.
Ahora puede cerrar todo lo que ha quedado abierto y presionar Salir en Declara7.
¡Listo! Ha cumplido con la presentación de la Declaración D151.
Puede ver la guía de uso de Hacienda y leer más información sobre la declaración y las sanciones.
Lea también ¿Cómo preparar la Declaración D101?

72 comentarios
Camilo Chaves · 9 marzo, 2021 a las 12:00 pm
Buenos días Helen,
Espero que estés muy bien.
Quería consultar si las facturas de exportación por servicios profesionales se incluyen o no se incluyen en la declaración D-151?
Muchas gracias por este espacio!!!
Helen Bogantes · 9 marzo, 2021 a las 7:58 pm
Hola Camilo, si hizo factura electrónica no debe incluirse, ya que los comprobantes respaldados electrónicamente no se reportan.
Pamela · 8 marzo, 2021 a las 10:33 pm
Muchísimas gracias por su respuesta, esas compras las hice en Amazon, en ese caso cómo haría con el número de identificación si es una empresa extranjera? (Todo el proceso fue completamente en el exterior).
Helen Bogantes · 9 marzo, 2021 a las 2:30 pm
Hola Pamela, estas situaciones son muy poco explicadas por Hacienda (aún tienen cierto limbo en estos temas). Si no pudieras incluirlo por no tener identificación local, no podrías incluirlo, ya que debería contar con Dimex o Nite para poder incluirlo. Las importaciones y exportaciones no se incluyen.
Pamela · 9 marzo, 2021 a las 3:39 pm
Muchísimas gracias por su ayuda de verdad, si no los puedo incluir simplemente no presento la declaración?
Helen Bogantes · 9 marzo, 2021 a las 7:54 pm
Con gusto. Si eso era todo lo que ibas a presentar, no es necesario presentarla.
Camilo Chaves · 8 marzo, 2021 a las 9:03 pm
Buenas días Helen, las facturas por servicios profesional de EXPortación se incluyen en el monto a reportar o no se incluyen en la declaración D-151?
Gracias de antemano por esta y todas las respuestas que has brindado.
Helen Bogantes · 9 marzo, 2021 a las 1:33 pm
Hola Camilo, los servicios profesionales sí se incluyen.
Karen · 8 marzo, 2021 a las 7:20 pm
Hola, gracias por su trabajo tan orientador. Tengo esta consulta: cometí un error con la D-151. Poseo todos los comprobantes electrónicos de mis ventas, es decir no debí de elaborar este formulario. ¿Cómo hago para rectificar? Muchas gracias!
Helen Bogantes · 9 marzo, 2021 a las 1:32 pm
Hola Karen, debe volver a generarla pero marcar la casilla «Es una Rectificativa».
FERNANDA · 5 abril, 2021 a las 4:09 pm
Hola Hellen,
Tengo todos los comprobantes electrónicos de mis ventas y por error presenté el D151. Estoy intentando hacer la de nuevo la declaración y poner que es rectificativa pero al poner en cero el monto a declarar me dice que no es posible. Qué información debo incluir en la Declaración Rectificativa? Muchas gracias por tu ayuda.
Helen Bogantes · 6 abril, 2021 a las 4:35 pm
Hola Fernanda, es porque esa declaración no se puede presentar en cero.
FERNANDA · 8 abril, 2021 a las 1:19 pm
Hellen, agradezco mucho tu ayuda!!!
Debido a que la totalidad de mis ventas tiene comprobante electrónico, y que el Declara no acepta colocar en cero las ventas en la declaración D151 rectificativa, entonces llené la declaración colocando ¢1 de ventas y el sistema así lo recibió.
Esto puede ser una salida para otras personas que les haya ocurrido la misma situación. Saludos.
Helen Bogantes · 8 abril, 2021 a las 4:37 pm
Hola Fernanda, sugiero que reporte el monto correcto, aunque tenga comprobantes electrónicos, ya que sí presentó la declaración.
Jason · 8 marzo, 2021 a las 5:15 am
Buenas,
Estoy en regimen simplificado. No realice compras en este periodo, pero si pague alquiler. Para el alquiler no recibo factura electrónica pero no se si tengo que declarar eso y tengo entendido que regimen simplificado solo debo declarar compras y no ventas.
Helen Bogantes · 8 marzo, 2021 a las 2:05 pm
Hola Jason, efectivamente para el Régimen Simplificado solo se declaran compras, no ventas. Debe presentar la declaración al no tener comprobantes electrónicos para ese efecto.
Pamela · 6 marzo, 2021 a las 9:17 pm
Buenas noches,
Muchas gracias por su trabajo, es información muy útil y explicada de manera clara y precisa.
Si me pudiera ayudar a aclarar esta duda le agradecería muchísimo, durante el año estuve en el exterior y adquirí insumos y articulos para mi negocio, (soy Diseñadora de pagina web) entonces incluí esas adquisiciones sin comprobante electrónico y sin generar credito para el IVA pero si deducibles para Renta, son las unicas compras sin comprobante electrónico, debo realizar la D151 y de ser así, unicamente por ellas?
Muchas gracias por su ayuda!!
Helen Bogantes · 7 marzo, 2021 a las 4:21 pm
Hola Pamela, muchas gracias.
Correcto, al no tener comprobantes electrónicos, debe realizarse la D151 por ellas.
Ricardo Abarca Ortega · 28 febrero, 2021 a las 11:03 pm
Si no tengo ventas ni compras (inactividad económica), requiero presentar D-151?
Helen Bogantes · 1 marzo, 2021 a las 2:05 pm
Hola Ricardo, ese caso no, ya se reporta a partir de un colón por lo que si está en cero no es necesario.
José Ruiz · 30 enero, 2021 a las 9:34 am
Hola la declaración d151 para alquiler, si es una mismo persona el monto se coloca por mes o anual
Helen Bogantes · 31 enero, 2021 a las 10:14 am
Hola José, se usa anual, el total del periodo fiscal.
doribel rodriguez · 18 enero, 2021 a las 1:41 pm
Buenas tardes saludos una consulta yo tengo una sociedad emito factura electrónicas y recibí electrónicas también me corresponde declarar la D-151 o no muchas gracias
Helen Bogantes · 18 enero, 2021 a las 10:00 pm
En ese caso no sería necesario.
doribel rodriguez · 18 enero, 2021 a las 9:38 am
Buenos días muchos saludos una consulta si todos mis comprobantes son electrónicos tanta facturas recibidas como enviadas igual tengo que hacer la declaración D-151
Helen Bogantes · 18 enero, 2021 a las 10:35 am
Hola Doribel, si todos sus comprobantes son electrónicos no es necesario declarar la D151, a menos que esté en Régimen Simplificado.
doribel rodriguez · 18 enero, 2021 a las 1:43 pm
muchas gracias no estoy declarando mensual renta y iva ya que es un alquiler de un apartamento
Helen Bogantes · 18 enero, 2021 a las 9:59 pm
Ah ok, es que los alquileres funcionan diferente.
doribel rodriguez · 19 enero, 2021 a las 6:12 am
doña helen buenos días una consulta es que no estoy clara si me corresponde declarar o no la sociedad es de alquiler
Helen Bogantes · 19 enero, 2021 a las 11:06 am
Soy poco conocedora del tema de alquileres. La renta sí debe declararla, en ese caso se hace mensualmente. Si no lo ha hecho así le sugiero consultar en Hacienda.
Alexander S.c. · 23 diciembre, 2020 a las 8:02 am
Hola Lic. Helen, su página es muy útil, gracias por la detallada información. Segura que comprare su productos en línea.
Helen Bogantes · 23 diciembre, 2020 a las 9:06 am
Hola Alexander, muchas gracias y que bueno que le sea de utilidad. ¡Adelante!
Cristina Mora · 15 octubre, 2020 a las 11:59 pm
Hola Hellen, se supone que entre los cambios de la reforma, estaba esto sobre la D15. Entonces, sigue siendo una responsabilidad para todos los obligados tributarios?
Helen Bogantes · 16 octubre, 2020 a las 1:29 pm
Hola Cristina, según el sitio web de Hacienda, sigue siendo responsabilidad del obligado tributario presentarla. A menos que todos sus comprobantes sean electrónicos.
bernardo · 16 diciembre, 2019 a las 11:49 am
Buenas, quiero crear mi propia archivo de excel para estarlo llenando mes a mes con toda mi información para hacerlo automaticamente cada año, donde puedo encontrar una guía de como tiene que ir el archivo, o algún machote? muchas gracias
Helen Bogantes · 16 diciembre, 2019 a las 12:40 pm
Buen día Bernardo, estoy trabajando en una plantilla de excel y pronto estará disponible.
Mauricio Bohorquez · 3 diciembre, 2019 a las 1:24 pm
Señorita Bogantes, Muchas gracias por esta guía, me fue de gran utilidad.
Helen Bogantes · 3 diciembre, 2019 a las 1:46 pm
Con mucho gusto Sr. Bohorquez.
Evelyn Vaglio · 2 diciembre, 2019 a las 10:38 pm
Me puede aclarar lo que usted explicó con relación a que si los ingresos y/o gastos no superan los 2,5 millones no es necesario presentar la declaración. Porque mis ingresos y gastos no superan esa suma, pero he hecho las declaraciones cada año.
Helen Bogantes · 3 diciembre, 2019 a las 11:19 am
Hola Evelyn, los montos son anuales (año fiscal) y se refieren a cantidades recibidas o pagadas a la misma persona (física o jurídica). La declaración se hace si hay pagos a un mismo proveedor o ventas a un mismo cliente (compra/venta de bienes y servicios) por ¢2.5 millones o más. En el caso de servicios profesionales (y otros gastos específicos como alquileres, comisiones e intereses) que se paguen o que se reciban como ingresos, el monto anual es de ¢50 mil o más.
KARLA ZÚÑIGA GARCÍA · 2 diciembre, 2019 a las 2:29 pm
Hola Helen, agradezco el paso a paso. Consulta: ¿Si yo reviso todos mis ingresos y todos mis gastos y ninguno supera los 2.5 millones para una sola persona, debo realizar la declaración?
Helen Bogantes · 2 diciembre, 2019 a las 2:37 pm
Hola Karla, la declaración solo se presenta si hay algo que declarar. Si en clientes y proveedores no llega a los ¢2.5 millones por persona (física o jurídica), no es necesario presentarla, pero revise también si ha recibido o hecho pagos por servicios profesionales u otros gastos específicos por ¢50 mil por persona en el año fiscal.
Noelia Fernández · 2 diciembre, 2019 a las 6:47 pm
Helen, tengo una duda, si uno presenta la declaración y lo hizo mal existe alguna forma de anularla o presentar otra?
Gracias
Helen Bogantes · 2 diciembre, 2019 a las 8:09 pm
Hola Noelia, puede corregir o eliminar el detalle de la declaración, en Declara7 / Declaraciones / D151, luego Buscar Informantes, escriba el número de cédula y abra la información. Use el ícono de lápiz para editar y dé clic en Agregar Detalles Directamente Línea a Línea. Seleccione la línea que desea cambiar y haga en el botón Modificar (corrija la información y presione Guardar Modificación) o Eliminar línea, según desee. Para eliminar todos los detalles use el botón Eliminar Detalles. Vuelva a generar el archivo .dec y vuelva a cargarlo en la página de presentación.
Susana Muñoz · 2 diciembre, 2019 a las 1:31 pm
Hola Helen! Muchas gracias por la información. Quería preguntarle si sabe qué hacer cuando el programa del SIC no se descarga, ya que lo he estado intentando desde ayer y me lanza una notificación de error de red. Con los otros programas no tuve problema.
Helen Bogantes · 2 diciembre, 2019 a las 1:44 pm
Hola Susana, revisa si estás realizando los pasos en el orden correcto (vuelve a leer la guía). Sugiero desinstalar todo y volverlo a instalar. Si error persiste, trata en otra computadora.
Monica Arias · 2 diciembre, 2019 a las 1:28 pm
buenas! si yo tengo varios clientes tengo q presentar una declaracion para cada uno? ejemplo si son 10 hay q presentar entonces 10 declaraciones?
Helen Bogantes · 2 diciembre, 2019 a las 1:46 pm
Hola Mónica, sería una sola declaración con 10 líneas, suponiendo que de los 10 clientes recibió ¢50 mil o más en el año fiscal.
Sofia Fernandez · 2 diciembre, 2019 a las 2:01 am
Buenas, los gastos que se reportan es con el código SP? (ejemplo compra de materiales, gasolina…)
Y los gastos también deben ser superiores a 50,000 para reportarlos?
Gracias
Helen Bogantes · 2 diciembre, 2019 a las 9:48 am
Hola Sofía, los gastos SP se refieren a pagos realizados por servicios profesionales. Los ¢50 mil aplican para servicios, profesionales, alquileres, comisiones e intereses. Pagos a proveedores solo si llega a ¢2.5 millones, en el año fiscal, para un mismo proveedor.
Edgardo Obando · 1 diciembre, 2019 a las 9:45 pm
Saludos Helen, gracias por su tiempo.
Usted sabe si hay que presentar la declaración D-151 aunque no hayan los montos mínimos de 2.5 o en caso de servicios profesionales de 50,000?. Se tendría que presentar en 0?
Helen Bogantes · 2 diciembre, 2019 a las 9:43 am
Hola Edgardo, solo se presenta si se llega a los montos mínimos, ya sea en ventas (ingresos) o en gastos (pagos), para un mismo cliente o proveedor.
Eric Bogantes Cabezas · 1 diciembre, 2019 a las 3:09 pm
Excelente Tutorial, todo lo que necesita hacer esta bien detallado y explicado en orden secuencial, solo sígalo y todo saldrá bien, si no pudo hacerlo a la primera, le recomiendo la opción «TRABAJA CONMIGO» y Helen lo asesorará en forma personalizada y aprenderá a hacerlo, esto es mucho mejor que pagar al contador todos los meses…!
Helen Bogantes · 1 diciembre, 2019 a las 9:54 pm
Hola Eric, muchas gracias por sus comentarios y la recomendación. Saludos!
Ronald · 1 diciembre, 2019 a las 12:28 pm
Buen día Helen. Mi consulta es, si yo percibí hasta el 31 de julio alquileres por 2.000.000 y luego de esa fecha no los recibí más por lo que me des inscribí como alquileres y me inscribí como servicios profesionales (cambie de actividad), en la cual percibí 450.000 entonces en cuales lineas debo registrar en esta D-151. gastos por alquileres, gastos por servicios, ventas?
Helen Bogantes · 1 diciembre, 2019 a las 9:50 pm
Hola Ronald, entiendo que usted lo percibió como ingresos, entonces va como ingreso (código V). Si fueran gastos, serían si usted los estuviera pagando en lugar de recibir el dinero.
Carlos Mendoza · 29 noviembre, 2019 a las 9:49 am
Hola, en el caso de que yo haya brindado mi servicio profesional y se me esté pagando por ese servicio, yo debería escoger el código «V» de igual forma para presentar la declaración de esa persona de quién me realizó el pago?
Helen Bogantes · 29 noviembre, 2019 a las 11:12 am
Hola Carlos, correcto, el código para ingresos por servicios profesionales es V. Sí declara si recibió ¢50.000 o más en el año fiscal de parte de la misma persona.
Roberto SS · 1 diciembre, 2019 a las 2:22 pm
Hola, parece una pregunta extraña pero, si uno no facturo nada en todo el año. debe hacerla?, y si es asi, como se hace, porque no genera archivo
Helen Bogantes · 1 diciembre, 2019 a las 9:53 pm
Hola Roberto, si no genera ingresos no se hace el D151. En caso de generar gastos también aplica.
Esteban SD · 29 noviembre, 2019 a las 4:53 am
Hola! Gracias por la informacion, tengo una consulta. Yo sigo inscrito en hacienda «por cualquier cosa», pero no tuve clientes, proveedores ni gastos específicos…debo hacer la declaracion informativa de todas maneras? Es decir, todos los datos serian cero, y el programa Declara7 no genera ningun archivo. Entonces como hago esta declaracion? o no la hago? Generalmente solo presentaria la D101 en ceros pero no se como hacer en este caso con la d151.Muchas Gracias de antemano!
Helen Bogantes · 29 noviembre, 2019 a las 11:09 am
Hola Esteban, si no tuvo ingresos no tiene nada que reportar, por lo que no es necesario hacerla. La que sí es necesaria hacer aunque vaya en cero, es la D104del IVA mensual. Le sugiero desinscribirse (ya que si está inscrito se supone que es porque genera ingresos) y cuando sea necesario se vuelve a inscribir.
Alexis Cascante · 28 noviembre, 2019 a las 11:28 am
Excelente Helen. Tengo una duda. Existen montones de personas que no están inscritas como contribuyentes. Si compran servicios profesionales por montos superiores a 50 mil como hacen para declarar, si no se pueden inscribir como contribuyentes?
Helen Bogantes · 28 noviembre, 2019 a las 6:53 pm
Hola Alexis, si el cliente que compra el servicio solicita la factura a su nombre y el profesional emite la factura, debería encontrarse en el SIC. Si la factura se emite pero sin nombre del receptor (el cliente), entonces no está ligada a ningún número de cédula y no podría incluirse en la declaración. Sin embargo desconozco esa situación, ya que no me ha pasado. Sugiero que haga la consulta a un contador o en un Quiosco Tributario.
Paula Guarín · 27 noviembre, 2019 a las 9:22 am
Excelente ayuda, vi muchos paso a paso y leí mucho para presentar la declaración en forma correcta y en ninguno estaba tan claro y bien explicado! Muchas gracias !
Helen Bogantes · 27 noviembre, 2019 a las 9:50 am
Con gusto Paula!
Maricela · 12 noviembre, 2019 a las 1:55 pm
Hola, le agradezco por esta guía porque es la primera vez la que realizo y me está ayudando mucho. Luego, tengo duda en la parte que dice «Debe escribir el Número de Cédula de la persona a informar» , es el número de cédula jurídico a quien le brindé Servicio Profesionales? gracias de antemano
Helen Bogantes · 12 noviembre, 2019 a las 3:48 pm
Hola Maricela, me alegra que le sea de utilidad.
Es correcto, es el número de cédula, física o jurídica, a quien le brindó el servicio.
Miguel Salazar · 9 noviembre, 2019 a las 11:51 pm
Pregunto : que se hace si se le vende un servicio a extranjero , no residente en Costa Rica con pasaporte y que no está la lista del SIC ? Se omite ?
Helen Bogantes · 11 noviembre, 2019 a las 9:30 pm
Hola Miguel, es correcto, si no está en el SIC se omite.
Asiria vargas · 27 noviembre, 2019 a las 8:09 pm
Solo le he facturado servicios profesionales a una empresa. Solo tengo que agregar una línea con el monto generado en todo el año?
Helen Bogantes · 27 noviembre, 2019 a las 8:46 pm
Hola Asiria, es correcto, sería una línea con el monto total del año fiscal.